Excusas para no salir de fiesta un domingo (II)

En el anterior artículo habíamos comentado algunos motivos o razones que no serían válidos para excusarse del privilegio de poder participar de la Fiesta de la Democracia desempeñando roles tan necesarios e importantes como los de presidente o vocal de Mesa electoral durante toda la jornada.

Los motivos que sí pueden servir para ello (decimos «pueden» porque los hay que sí son causa objetiva de exención y otros que tienen que ser valorados en cada caso por su Junta Electoral de Zona) pueden encontrarlos de primera mano en esta Instrucción de la J.E.C. de 2011  o en los artículos 6, 27 y 154 de la Ley electoral (LOREG).

Y esto sería casi todo lo que cabe decir en cuanto a este asunto. Pero no podemos evitar habernos fijado en algunos motivos concretos que nos han llamado la atención y que queremos destacar aquí, como curiosidades:

  • Las personas inelegibles (que tienen prohibido ser candidatos en las elecciones) pueden excusarse de estar en la Mesa electoral. Así, por ejemplo, la Familia Real, el presidente y consejeros del Tribunal de Cuentas o del Consejo de Estado, los magistrados del Constitucional, Subsecretarios y altos cargos de ministerios, el presidente de RTVE, jueces, fiscales, policías y militares en activo, etc, etc.
  • Por supuesto, los homólogos de los cargos señalados en el párrafo anterior a nivel de Comunidades Autónomas, se libran también. (Pues tal es la base del R-78: un Estado grande y libre y 17 miniestados con sus jerarcas correspondientes.)
  • Si te presentas dentro de cualquier candidatura en las elecciones, ya te libras de ser miembro de la Mesa (esto lo señala la propia LOREG en su art. 27.1.) Da igual que luego esa candidatura no obtenga siquiera al menos el mismo número de votos que el número de candidatos que presenta (cosa que ha pasado alguna vez.)
  •  Si eres monje o monja de clausura (o algo equivalente en otra religión que no sea la Católica) te libras de la Mesa.
  • Se libran también los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos de los medios que estén cubriendo la jornada electoral, (lo cual, en esta época de medios digitales, habría que ver qué acreditaciones o pruebas pide la Junta Electoral a alguien que diga ser «Director de medio de comunicación de información general».) Curiosamente, de los «curritos» de los mismos medios no hay nada dicho acerca de que puedan escaquearse de la Mesa.

Para finalizar, un dato curioso. En las elecciones al Parlamento EUROpeo, para poder presentar una candidatura hacen falta las firmas de 15.000 electores (por cierto: no vale firmar por dos o más candidaturas ¿eh?) o bien las firmas de 50 cargos electos nacionales, autonómicos o locales. Así que ya saben; para el Régimen del 78, la firma de un patricio vale como la de 300 plebeyos (artículo 220 de la LOREG).

Ya no les aburrimos con más texto. Les dejamos con un vídeo para animarles a participar en la Fiesta de la Democracia de hoy:

El pronóstico para los próximos días: riesgo generalizado por insaculaciones en todo el territorio

Como apéndice o añadido de la entrada anterior, queremos informar a nuestros estimados lectoros y lectoresas de que durante los próximos días se eligirán por sorteo los titulares y suplentes de las mesas electorales para el próximo 28-A, según ordena la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (entre los días 25º y 29º después de la publicación de la convocatoria electoral en el B.O.E.) Dicho sorteo se efectua en cada ayuntamiento, en una sesión extraordinaria en la que todo el Pleno municipal se junta para proceder a la insaculación de los miembros de las mesas electorales.  Una vez terminado el acto, los que hayan gozado de suerte tras su insaculación serán notificados en un plazo de tres días de su nueva y feliz condición como miembro titular o suplente de su mesa electoral para el 28 de abril.

(Si nos está leyendo algún ciudadano flojo que tras recibir la notificación pretenda intentar alegar alguna de las causas justificadas que le puedan eximir de cumplir con su patriótica obligación, recuerde que tiene sólo 7 días para hacerlo ante su Junta Electoral de Zona).

Para saber en qué día concreto le insacularán en su ayuntamiento, pueden dirigirse a la sede o página web oficial de este, en la que suele haber un apartado para avisar de las próximas convocatorias de sesiones del Pleno Municipal. Busquen la próxima sesión extraordinaria del Pleno. Por ejemplo, en la Villa de Madrid el sorteo se celebrará muy pocas horas después de la publicación de esta entrada… Pasándose por el arco de la Puerta de Alcalá lo que dice la LOREG sobre esperar para celebrar los sorteos al 25º día tras la convocatoria de Elecciones.

En resumen, para cuando lean esta entrada puede que ya se hayan enviado las primeras notificaciones en su municipio. Por cierto, ¿no estarán llamando a su puerta en este momento?

Excusas para no salir de fiesta un domingo (I)

Como bien saben ustedes, los ciudadanos expañoles estamos de enhorabuena: en un periodo de menos de un mes estamos todos invitados no sólo a una fiesta, sino ¡a dos! Dos maravillosas Fiestas de la Democracia (también llamadas «elecciones») los próximos días 28 de abril y 26 de mayo. Podrán ustedes gozar a lo grande metiéndola hasta tres veces seguidas esos días (la papeleta en la urna, queremos decir).

Sin embargo, cuando llegan estas ocasiones, siempre están los típicos «muermos» que preferirían quedarse en casa y no salir de fiesta como todo el mundo. Pero estas fiestas tienen una particularidad disitinta a otras: aquí puede que tu asistencia a la fiesta sea obligatoria, bajo amenaza de sanción penal, porque seas invitado a ella en calidad de miembro de la mesa electoral.

Es triste tener que reconocerlo, pero cuando llegan estas fechas pre-electorales siempre hay alguna gente que pocas semanas antes del Gran Día, preguntan desesperadamente por foros, canales y grupos cómo puede uno escaquearse de cumplir con tan patriótico, cívico, social y democrático deber como es el de ser presidente o vocal de mesa. Algunas sugerencias y respuestas que hemos podido leer a este respecto aportan motivos válidos para eludir la designación como miembro de mesa electoral según las normas existentes, pero otras veces las sugerencias aportadas están ciertamente equivocadas y están basadas en falsas creencias o informaciones erróneas.

En esta entrada de hoy vamos a señalar algunos de los consejos completamente errados que más a menudo se dan al preocupado ciudadano que teme que le llegue la «fatídica» notificación:

  • Solicitar preventivamente el voto por correo antes del sorteo de miembros de mesas en tu ayuntamiento. Mucha gente cree que el tener que estar lejos de tu circunscripción ese domingo es una razón válida para escaquearse y que si ya pides el voto por correo porque prevés estar lejos de tu colegio electoral ese día, no te van a llamar a la mesa. Sentimos decir que eso es falso y que en ninguna norma legal está contemplado esto. Además , si vives habitualmente en otra ciudad distinta a la de tu domicilio, se supone que debes cambiar tu domicilio a tu lugar habitual de residencia.
  • Si te toca ser miembro de mesa el 28 de abril, al menos ya estarás a salvo de que te toque estar en una mesa el 26 de mayo. Lo sentimos, pero no es así; es perfectamente posible y válido que se te designe para formar parte de la mesa en dos convocatorias electorales seguidas. ¿También sería mala suerte? Bueno, igual en Madrid sí sería «mala suerte», pero piensen que hay colegios en municipios de Expaña con poco censo y con edades medias avanzadas en los que, si eres  menor de 65 años y con estudios superiores, tengas bastantes más posibilidades de lo normal en salir sorteado como presidente de mesa, por ejemplo.
  • Pedir darte de baja en el censo electoral, amparándote en alguna norma de Protección de Datos o alguna otra norma legal. No existe ningún procedimiento habilitado para esto. En el momento en te empadrones en un municipio pasarás a formar parte del censo electoral si eres mayor de edad. La única forma de no aparecer en el censo electoral es no estar empadronado en ningún municipio o bien estar privado del derecho de sufragio por condena judicial firme. (¿Qué se creían ustedes?)

Para acabar, una pequeña anécdota relacionada con el procedimiento electoral. Concretamente sobre el día de las elecciones. Es absolutamente cierto que puede ocurrir que en ausencia de los titulares y reservas llamados a cubrir alguna de las tres plazas en la mesa, se eche mano del primero que vaya a votar en la mesa para suplir esta carencia y le hagan quedarse en la mesa toda la jornada electoral. No es una leyenda urbana. Pero bueno, si es usted un demócrata tan entusiasta y ejemplar que está ahí el primero para votar de buena mañana un domingo en su colegio, estamos seguros que para usted será un honor el tener que aceptar esa invitación sobrevenida. (Eso sí, usted quería votar el primero y ese día acabará votando el último, por ser miembro de la mesa… ¡Qué cosas!)